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Una sentencia judicial afirma que las actuaciones policiales pueden fotografiarse

La Defensora del Pueblo pide aumentar el tamaño de los números de identificación de los agentes de Policía.

FAPE

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Segovia ha ratificado en una sentencia reciente que “puede fotografiarse una actuación policial” siempre que la finalidad sea legítima y no comprometa otros intereses. “No consta que exista ninguna norma general que impida grabar imágenes de una actuación de los agentes, más allá de las limitaciones impuestas por la protección de la intimidad o la propia imagen de cualquier ciudadano”, afirma la sentencia que recuerda, además, “que en un espacio público pueden tomarse fotografías de las personas que se encuentren en tales lugares, con ciertas limitaciones como las que operan respecto de los menores de edad”.


La sentencia surge tras la denuncia interpuesta por un policía contra una fotógrafa que se encontraba cubriendo la denominada Marcha de Parad@s a Madrid, en julio de 2012, y que se negó reiteradamente a entregar su cámara al agente, tras serle requerida para ver las imágenes tomadas y borrar las “comprometidas”.

CONSULTE LA SENTENCIA COMPLETA AQUÍ


Números de identificación policial


La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha recomendado a la Secretaría de Estado de Seguridadaumentar las dimensiones de los números de identificaciónde los agentes de Policía y situarlos en varios lugares del uniforme para que puedanverse desde distintas perspectivas.


Con esta recomendación se pretende que la Secretaría de Estado de Seguridad estudie adoptar las medidas necesarias para que se pueda identificar a los agentes»de forma inequívoca y sin dificultad».


La Defensora ha formulado la propuesta después de recibir escritos de ciudadanos quejándose de laimposibilidad de identificar a los policíasen las manifestaciones.


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