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RTVE no ha vulnerado el Código Deontológico de la FAPE, según la Comisión de Quejas

El dictamen de la entidad argumenta que no cabe atribuir voluntad de ocultamiento en quien no aborda la totalidad de los aspectos implicados en un asunto complejo.
Logotipo de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo. (APM)
Logotipo de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo. (APM)

APM

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, tras la reunión celebrada el pasado 1 de diciembre, ha dictaminado, en su resolución 2022/200, que los Servicios Informativos de RTVE no han vulnerado el Artículo 1 de los Principios de Actuación del Código Deontológico «al no omitir información de fuente y dar una información suficiente sobre el asunto abordado».

El Escrito de Queja se refiere a una noticia sobre superbacterias emitida en el Telediario 2 de RTVE, el 20 de enero de 2022, en la que el denunciante considera que se ha producido una vulneración del “derecho a recibir una información completa y veraz, de acuerdo con el Art. 20.1d) de la Constitución española”.

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