
APM
El Consejo de Ministros, en su reunión de ayer 21 de marzo, aprobó un Real Decreto, modificando el 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato, y se establece, a efectos de continuidad de la actividad docente en estos centros, la correspondencia entre determinadas materias. De esta forma los periodistas que cuenten con título habilitante podrán impartir Lengua y Literatura.
TEXTO COMPLETO AQUÍ